Un refugiado es una persona que “debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de su país; o que careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores no quiera regresar a él».Con esta definición la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados acotaba el término de refugiado, especificando a los colectivos de personas a los que hace referencia.
La mayoría de los refugiados del mundo se encuentran en África. En solidaridad con el continente la Asamblea General de las Naciones Unidas, decidió el 4 de diciembre del 2000, establecer un día mundial del refugiado. A A la par, hoy se cumplen 60 años de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951.
Aunque el 20 de Junio es un día dedicado a los refugiados, desde ADRA España queremos abrir nuestro abanico y dedicarle también nuestro apoyo a los movimientos de desplazados. Si comparamos las definiciones de ambos grupos, la única diferencia es que el refugiado cruza una frontera, abandonando su país, y el desplazado realiza un movimiento interno. Las causas que potencian estos procesos de emigración forzada son las mismas.
ADRA se solidariza con la defensa de los intereses de ambos colectivos, que sufren violaciones en sus derechos y están expuestos a un alto grado de vulnerabilidad.
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